C Como ya hemos dicho, entre las varias reformas realizadas a nuestro vigente Código Penal, está la inclusión de la posible responsabilidad penal de las empresas, por aquellos delitos que se hayan cometido, utilizándola como instrumento, por sus trabajadores o representantes.
Una manera de evitar esta responsabilidad o minimizarla, es la elaboración de un plan de riesgos penales con un abogado responsable de la implementación y seguimiento de dicho plan. Esto es conocido públicamente por «legal compliance» y «legal compliance officer«. En esta situación legal, las empresas deben constituir su propio departamento de riesgos penales o «corporate compliance» o externalizarlo. Fórum Legal y Económico puede prestar este servicio.
Además de lo ya indicado, podemos asistirles en las diferentes vicisitudes penales y policiales en que las personas pueden encontrarse. Con una simple llamada de teléfono, podemos realizar asistencia de letrado al detenido o investigado.
Si Vd. ya se encuentra implicado en un procedimiento penal, ante el Juzgado de Instrucción o de lo Penal, podemos ofrecerle nuestra asistencia Letrada, ya sea como defensa, así como en el supuesto de acusación particular.
Para aquellas personas que su situación sea la de condenados en Sentencia no firme, podemos formalizar los recursos de apelación o aquellos que en derecho procedan, con el fin de defenderle ante instancias superiores.
En el caso que no quepan recurso y su condición sea la de penado, cabe la posibilidad de ejercitar sus derechos como tal ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, en aplicación de la Ley y reglamento penitenciario.
Como ya les anticipábamos, en el Departamento Jurídico de Forum Legal y Económico, podemos confeccionarle el plan de riesgos penales de la empresa o «Legal compliance«. Tras su elaboración y, para el seguimiento e implementación de dicho plan, es necesario disponer de un «Legal compliance officer«, esto es, un abogado responsable de la gestión y seguimiento de dicho plan, para lo que también pueden contar con nosotros, poniendo a su disposición, un abogado para tal fin.
El disponer la empresa de todo lo anterior, hace posible la exención o atenuación de responsabilidad penal, por parte de la empresa y sus directivos, en el caso que, por estos, aquella o sus trabajadores se cometiera un delito.